
Las dietas para conductores profesionales son uno de los temas más consultados dentro del sector transporte. Cada año, empresas y autónomos necesitan saber cuánto se debe pagar, qué gastos cubre, qué dice la normativa, y cómo tributan estas cantidades en nómina.
En esta guía te explicamos todo lo que debes saber en 2026.
¡Vamos a ello! 👇
Las dietas son compensaciones económicas que recibe un conductor cuando, por motivos laborales, debe comer, dormir o desplazarse fuera de su localidad habitual de trabajo.
Cubren principalmente tres tipos de gasto:
La referencia principal en España son los límites exentos de IRPF establecidos por Hacienda.
Es decir: si pagas estas cantidades o menos, no tributan.
Importante: estos valores son límites fiscales, no cantidades obligatorias.
Cada convenio colectivo puede establecer importes superiores.
Dependiendo del tipo de transporte, los importes pueden variar. Algunos ejemplos habituales:
Pueden deducir gastos en condiciones similares a las empresas, pero no reciben “dietas” como tal.
Se debe pagar dieta cuando el conductor:
✔ Trabaja fuera de su localidad habitual
✔ Hace rutas que implican comer fuera
✔ Necesita dormir fuera por servicio
✔ Deja constancia del desplazamiento (tacógrafo, orden de trabajo, etc.)
No corresponde pagar dieta cuando:
✘ No sale de su zona habitual
✘ Puede regresar a comer a casa
✘ No está acreditado el desplazamiento
Sí: las dietas deben aparecer reflejadas en nómina.
Pero están exentas de IRPF mientras:
Si se superan los límites, el exceso sí tributa.
Dieta aplicable: 26,67 €
Dieta aplicable: 53,34 €
(Si el hotel lo paga la empresa, solo se abona manutención)
Dieta aplicable: 91,35 €
Para evitar problemas con Hacienda:
✔ Establecer una política interna clara
✔ Mantener registros digitales
✔ Evitar pagos sin justificar
✔ Revisar convenios cada año
¿La empresa puede incluir la dieta dentro del salario?
No. Debe figurar como concepto separado.
¿La dieta es siempre la misma?
No. Depende de la ruta, convenio y si hay pernocta.
¿Qué pasa si no se paga dieta cuando corresponde?
El conductor puede reclamar judicialmente.
Los importes de dietas se mantienen en los valores oficiales:
Con esta guía tendrás una referencia completa, clara y actualizada para calcular dietas correctamente.
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